Valenzuela limitó la designación de familiares en la Municipalidad
El Intendente de Tres de Febrero fue el primero en sumarse a la medida anunciada el último lunes por el presidente Mauricio Macri, que establece que los familiares hasta segundo grado de los ministros del Gobierno Nacional no podrán ser asignados a ninguna dependencia de la Administración Pública.
El decreto de Diego Valenzuela, con fecha 30 de enero, establece “que no podrán formar parte de la planta política de la Municipalidad de Tres de Febrero los familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad de los Secretarios del Departamento Ejecutivo” y los del propio Intendente. Sobre esta iniciativa, Valenzuela expresó: “Nos sumamos con orgullo y responsabilidad a esta medida porque dar este tipo de ejemplos fortalece la transparencia, evita privilegios y consolida un estado local más fuerte, moderno y con respuestas efectivas a los vecinos».
Esta iniciativa se suma a otra decidida por Valenzuela a fines del año pasado, cuando redujo el organigrama político en un 22% (20 cargos sobre 96). “Un gobierno es un área de servicios, no un lugar para contener a los amigos de la política o los familiares. La idea fue reorganizar el equipo para ser más eficientes, gastar menos y hacer más”, afirmó en esa oportunidad el Intendente de Tres de Febrero.
DECRETO:
CASEROS, 30 de enero de 2018.-
VISTO:
El Decreto – Ley N° 6769/58, Ley Orgánica de las Municipalidades, y
CONSIDERANDO:
Que la integridad y la transparencia en el ejercicio de la función pública es un valor incuestionable para este Gobierno;
Que en línea con este principio fundamental de la república, tanto en este nivel de gobierno como los Gobiernos Nacional y de la Provincia de Buenos Aires ya se han adoptado medidas que promueven la transparencia en el ejercicio de los cargos públicos;
Que debe promoverse toda acción tendiente a desvirtuar cualquier preferencia que no se sostenga en la idoneidad en el cargo, elemento esencial a la hora de incorporar empleados, funcionarios o colaboradores a la gestión pública;
Que el objeto de una medida en ese sentido es el de evitar que el interés particular afecte la realización del fin público a la que debe estar destinada la actividad del Estado;
Que en consecuencia con ello, es dable establecer la prohibición que familiares de alguno de los funcionarios del Departamento Ejecutivo, con rango de Secretario, puedan revestir dentro de la planta municipal, cualquiera sea su modalidad de contratación;
Que ha tomado intervención la Subsecretaría de Legal y Técnica de la Municipalidad de Tres de Febrero.
Por ello en virtud de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades,
EL INTENDENTE DE TRES DE FEBRERO
D E C R E T A
Artículo 1°.- Establécese que no podrán formar parte de la planta del Municipio, cualquiera fuera la modalidad de su contratación, los familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad de los Secretarios del Departamento Ejecutivo.-
Artículo 2°.- Similar restricción a la aquí establecida se aplica para el Suscripto.
Artículo 3°.- La presente medida rige a partir del 1° de marzo del año 2018.-
Artículo 4.- Regístrese y pase a todos al Área de Coordinación de Recursos Humanos para su notificación fehaciente. Cumplido, Archívese.