Derecho para el Desarrollo Urbano y el Hábitat Sustentable
En el marco de una gestión planificada de la ciudad, la Municipalidad instrumentó una nueva herramienta para gestionar el ordenamiento y el desarrollo territorial.
El Derecho para el Desarrollo Urbano y el Hábitat Sustentable lo abonan aquellos profesionales y desarrolladores que presentan solicitudes para realizar obras privadas, y lo hacen aprovechando el cambio en los indicadores de construcción luego la sanción del Nuevo Código de Ordenamiento Urbano. En aquellas parcelas donde se pueden construir más metros cuadrados que antes de la sanción del nuevo Código, si el profesional presenta un plano en el que se aprovecha ese mayor potencial, aplica la imposición del Derecho.
El monto se compone calculando la cantidad de metros cuadrados de mayor aprovechamiento constructivo, por el Valor de Incidencia del Suelo por metro cuadrado definido para cada manzana. A ese resultado, se le aplica una alícuota según la zona en la que se encuentra.
El objetivo central de esta política es la generación de un Fondo de Desarrollo Urbano y Hábitat Sustentable que se orientará exclusivamente a obras de infraestructura: bacheo y pavimento, luminarias LED, arreglo de veredas, remodelación de espacios públicos, mejora y construcción de equipamiento público, obras de integración de barrios populares, etc.
Archivos
Ordenanza Derecho para el Desarrollo Urbano y el Hábitat Sustentable
Decreto Reglamentario – Ordenanza Derecho para el Desarrollo Urbano y el Hábitat Sustentable
Instructivo para el cálculo del Derecho para el Desarrollo Urbano y el Hábitat Sustentable
Plano de Valoración de Incidencia del Suelo