La Ley Provincial N° 13.136 tiene como fin formalizar la actividad económica y productiva y el autoempleo de la Provincia de Buenos Aires, eximiendo del impuesto a los ingresos brutos a quien lo solicite, siempre que cumpla con los requisitos. Son destinatarios:
-Trabajadores que poseen como principal objetivo generar autoempleo (monotributistas sociales, agropecuarios o monotrobutistas de la categoría general que no superen el tope de facturación estipulado).
-Trabajadores de Asociaciones vinculadas con la Economía Social.
Beneficios
-Gratuidad de la inscripción.
-Gratuidad en el trámite de la exención.
-Tarifas sociales (Energía, Gas, Agua, Cloacas).
Documentación a presentar
Para alta:
-Copia de DNI.
-Copia de constancia de opción de AFIP.
-Planilla de inscripción de ANSES con código de actividad.
-Si estuviera inscripto en Ingresos Brutos, certificado de inscripción de ARBA.
-Constancia de domicilio o Servicio/Impuesto. No necesariamente tiene que estar a su nombre.
Para renovación:
-Constancia de opción de AFIP.
-Certificado de inscripción de ARBA.
-Fotocopia de DNI.
Para baja:
-Certificado de baja en ARBA.
-Nota de solicitud de baja por mail.
-Fotocopia de DNI.
En el marco de la emergencia sanitaria, y en caso de que el Centro de Iniciativa de su lugar de residencia no se encuentre operando, puede enviar la documentación escaneada vía mail a oficinadeempleo@tresdefebrero.gov.ar o a leyalas@gmail.com detallando el trámite que desea realizar y un teléfono de contacto.
Preguntas frecuentes
1- ¿Qué norma legal respalda la eximición de ingresos brutos por ley Alas?
Ley provincial 13136.
2- ¿Tiene algún costo para el solicitante?
El trámite es totalmente gratuito.
3- ¿Dónde lo tramito?
En la Dirección de empleo y Formación para el Trabajo de la Municipalidad de Tres de Febrero: Alberdi 4840, Caseros, Piso 3. De lunes a viernes de 8 a 14 hs.
4- ¿Cuál es el procedimiento del trámite?
Una vez presentada la documentación, se entrega una credencial de ley Alas y a los 30 días certificado de exención emitido por ARBA.
5- ¿Cuál es la vigencia de la exención?
La vigencia es de un año. Llegado el vencimiento se debe tramitar la renovación.
6- ¿Quién puede realizar el trámite?
El trámite es personal.
7- Si tengo alguna otra consulta, ¿dónde debo realizarla?
Personalmente en la Dirección de Empleo y Formación para el Trabajo de la Municipalidad de Tres de Febrero: Alberdi 4840 Caseros, Piso 3 (de lunes a viernes de 8 a 14 hs) o por correo electrónico a oficinadeempleo@tresdefebrero.gov.ar.